Cuando una persona fallece y deja una vivienda con hipoteca pendiente, los herederos suelen preguntarse si asumirán también esa deuda
LOS HEREDEROS DE UNA VIVIENDA HIPOTECADA SOLO RESPONDERAN CON SU VIVIENDA, NO CON SU PATRIMONIO
Cuando una persona fallece y deja una vivienda con hipoteca pendiente, los herederos suelen preguntarse si asumirán también esa deuda y si podrían llegar a perder su propio dinero o bienes por ello. La buena noticia es que la deuda hipotecaria está ligada a la vivienda y no al patrimonio personal de los herederos.
Esto significa que, si heredas una casa con hipoteca, el banco solo podrá reclamar el pago de la deuda a través del inmueble, no contra tus ahorros, tu nómina o tus propiedades. Si por algún motivo, la vivienda no cubre el total de la deuda en una eventual ejecución, el banco no puede reclamarte la diferencia con tu propio dinero.
En estos casos, la ley protege a los herederos. Al fallecer el titular de la hipoteca, la deuda se transmite junto con la vivienda, pero el heredero puede tomar decisiones importantes para protegerse, como aceptar la herencia a beneficio de inventario, lo que le permite separar su patrimonio del del fallecido. También puede renunciar a la herencia, si considera que no le conviene asumir esa carga.
Aceptar la herencia de forma simple, sin asesoramiento, puede conllevar riesgo si existen otras deudas no garantizadas con la vivienda. Por eso, es fundamental informarse bien antes de firmar nada.
En resumen: si heredas una vivienda hipotecada, la hipoteca solo se paga con la propia vivienda. Tu patrimonio está a salvo, siempre que actúes con conocimiento y el asesoramiento adecuado.